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Servicio de Asesoramiento en Ciberseguridad (Básico)

El principal objetivo de este servicio es dotarte de un plan básico de ciberseguridad adaptado a las necesidades específicas de tu pyme. También, de realizar un caso de uso adaptado. Se busca aplicar la documentación básica de su Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) según ISO 27001 y ENS (categoría media-alta).

[ Tipología de asesoramiento ]

Básico.

[ Actividades ]

El Asesor Digital Adherido será encargado de realizar una serie de actividades para garantizar el correcto desarrollo de tu plan básico de ciberseguridad, el servicio realizado te permitirá:

  • Conocer la situación actual de tu pyme frente a riesgos, identificando los activos y datos más valiosos para tu actividad.
  • Garantizar la continuidad de tu pyme frente a posibles incidentes de seguridad, minimizando el riesgo de interrupciones en la actividad empresarial.
  • Elaborar y proporcionar un plan de respuesta detallado ante brechas de seguridad, definiendo protocolos y actuaciones específicas en caso de ciberataque.
  • Definir y establecer junto a ti, una estrategia de ciberseguridad personalizada a corto y medio plazo.
  • Cumplir con las regulaciones y estándares de seguridad relacionados con la protección de datos y la seguridad de la información.
  • Preparar la documentación básica para la implantación de un SGSI (ISO27001 y ENS media-alta) para un servicio core ofrecido a clientes o a AAPP.
  • Desarrollar y ejecutar un caso de uso adaptado a tu pyme utilizando las técnicas apropiadas, en el área de ciberseguridad.
  • Identificar las oportunidades o posibles usos de la IA en el ámbito de la ciberseguridad.

[ Importe máximo de la ayuda ]

Segmento A. 10 < 50 empleados:

6.000€

Segmento B. 50 < 100 empleados:

6.000€

Segmento C. 100 < 250 empleados:

6.000€

[ Sector de aplicación ]

La solución puede aplicarse en cualquier sector productivo.

[ Ambito de actuación ]

Todo el territorio Español

Para la justificación del servicio prestado se deberá aportar la correspondiente documentación técnica y los resultados obtenidos, conforme lo establecido en el artículo 31.6a) de esta orden.