Servicio de Asesoramiento «360» en Transformación Digital
El principal objetivo de este servicio es ofrecer asesoramiento en la transformación digital de tu pyme, proporcionando soluciones adaptadas a tus necesidades específicas. Se definirán la inversión necesaria y las medidas estratégicas para aplicar en cada área de impacto consiguiendo una mejora de ámbito general. Además, se utilizarán tecnologías innovadoras como a inteligencia artificial para identificar oportunidades de mejora y optimizar el proceso de transformación digital.
[ Tipología de asesoramiento ]
Básico.
[ Actividades ]
El Asesor Digital Adherido será encargado de realizar una serie de actividades para garantizar el correcto desarrollo de transformación digital de tu pyme:
- Analizar los procesos comerciales existentes para identificar aquellas áreas de tu pyme que podrían beneficiarse de la digitalización.
- Diseñar e implementar programas de concienciación para educar a tus empleados sobre la importancia estratégica de la transformación digital.
- Evaluar las herramientas y tecnologías ya en uso, ofreciéndote un asesoramiento para optimizar su rendimiento y alinearlas con tus objetivos de transformación digital.
- Desarrollar una estrategia clara y personalizada que articule los objetivos, plazos y pasos específicos para la transformación digital.
- Establecer un marco para la innovación continua y la adaptabilidad a medida que evolucionan las tecnologías digitales.
- Desarrollo y ejecución de un caso de uso adaptado al negocio, utilizando las técnicas apropiadas, que permita conocer las ventajas de la utilización de herramientas digitales.
- Identificación de oportunidades o posibles usos de la IA en el ámbito de la transformación digital.
[ Importe máximo de la ayuda ]
Segmento A. 10 < 50 empleados:
6.000€
Segmento B. 50 < 100 empleados:
6.000€
Segmento C. 100 < 250 empleados:
6.000€
[ Sector de aplicación ]
La solución puede aplicarse en cualquier sector productivo.
[ Ambito de actuación ]
Todo el territorio Español
Para la justificación del servicio prestado se deberá aportar la correspondiente documentación técnica y los resultados obtenidos, conforme lo establecido en el artículo 31.6a) de esta orden.